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Se crean nuevos delitos, nuevas consecuencias jurídicas del delito, nuevas regulaciones y modificaciones, entre ellas la responsabilidad penal de las personas jurídicas, nuevos plazos de prescripción, agravamiento de penas, delitos contra la comunidad internacional.
Entre otros se crean nuevos delitos: Cohecho entre particulares, acoso laboral, acoso inmobiliario, sobornos y fraudes en el deporte, ataques informáticos y trata de personas. Nuevas Consecuencias Jurídicas Del Delito Asimismo da cumplimiento a las obligaciones internacionales que España tiene contraídas, y más específicamente en el ámbito de la armonización jurídica europea, que exigen adaptaciones de nuestras normas penales. Penas nuevas y más graves contra la corrupción Se regula el cohecho entre particulares Con esta reforma nuestro Derecho Penal contará con los instrumentos necesarios para combatir con mayores garantías de eficacia todos los fenómenos de corrupción cuyo poder destructivo atenta contra el núcleo mismo del Estado de Derecho. Se tipifica de forma más exhaustiva el delito de cohecho, incorporando varios instrumentos internacionales, y se agravan las penas de este delito y el tráfico de influencias. Reformas en el ámbito urbanístico. - Acciones como la ocultación de actos ilícitos observados por la inspección o la omisión de inspecciones obligatorias pasan a tener carácter delictivo por si mismas.
- Se agravan las penas en correspondencia con la gravedad de este tipo de conductas.
- Lucha contra la corrupción en el sector privado.
- Represión de los actos encaminados a corromper a los administradores de empresas de forma similar a lo que se hace a través del delito de cohecho
- Refuerzo de las medidas para el seguimiento, embargo, incautación y decomiso de los productos del delito en el marco de una organización criminal.
- Además, se produce un incremento de la penalidad y de las multas y se mejora técnicamente el ya existente delito de corrupción de funcionario público extranjero en las transacciones comerciales internacionales.
- Se produce un aumento de los plazos de prescripción de estos delitos, para evitar la impunidad.Se tipifican penalmente las conductas más graves de corrupción en el deporte, como los sobornos llevados a cabo tanto por los miembros y colaboradores de entidades deportivas como por los deportistas, árbitros o jueces, encaminados a predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una competición o prueba deportiva profesional.
Aumento de penas para los delitos urbanísticos
Se castigan las obras ilegales y a las autoridades que las silencien.
La reforma aumenta las penas a los delincuentes urbanísticos e impide que sean delitos rentables privándoles de las ganancias. Se castiga también las obras de urbanización ilegales y se regula de forma más precisa la prevaricación urbanística. - Los jueces deberán imponer multas de hasta el triple de la cuantía del beneficio cuando la multa ordinaria no supere el importe de éste. Las ganancias obtenidas por el delincuente se decomisarán siempre.
- Por primera vez se castigará penalmente a las autoridades y funcionarios que amparen las obras ilegales incumpliendo intencionadamente sus obligaciones.
- Se aumentan las penas de prisión, que podrán ser de hasta cuatro años por cada obra ilegal.
Nuevo tratamiento de la delincuencia organizada Se introducen nuevas figuras que permitirán una actuación más eficaz contra esta forma de delincuencia .
Se introducen como nuevas figuras delictivas la organización y el grupo criminal para distinguirlos del ya existente delito de asociación ilícita. - Se regulan de forma específica la Organización terrorista y el Grupo terrorista, previéndose penas más graves.
- Se tipifican las conductas básicas de constitución, dirección y coordinación, distinguiendo según se trate de cometer delitos graves u otras infracciones criminales (incluida la reiteración de faltas).
- En un segundo nivel se sitúan las actividades de participación o cooperación, con una respuesta penal inferior, agregando agravaciones específicas en función de tres circunstancias: el número de integrantes, posesión de armas peligrosas y medios tecnológicos avanzados.
Fuente Presidencia del Gobierno y Senado |